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Metodología: de dónde salen los datos y cómo los verificamos

Publicamos información fiscal municipal, y en ese terreno una cifra sin fuente no vale nada. Esta página explica qué respalda cada dato, qué hemos podido contrastar y qué no, y cómo corregimos cuando nos equivocamos.

Qué fuente respalda cada dato

DatoFuenteCobertura
Tipo de gravamen del IBI urbano y rústicoMinisterio de Hacienda, consulta de información impositiva municipal134 de 134 municipios, con enlace y fecha de consulta
Año de entrada en vigor de los valores catastralesLa misma consulta del Ministerio134 de 134
PoblaciónINE, cifras oficiales del padrón municipal134 de 134
Coeficientes máximos de la plusvalíaTexto consolidado del TRLRHL en el BOE, art. 107.421 tramos, publicados aquí
Coeficientes y tipos reales de la plusvalíaMinisterio de Hacienda, consulta de información impositiva municipal127 de 134: los 21 tramos aprobados por cada ayuntamiento. En 5 no se publica el dato y en 2 lo que se publica no encaja con el sistema vigente desde el RDL 26/2021, así que remitimos al máximo legal
Tipo del ICIO y coeficientes de situación del IAELa misma consulta del Ministerio134 de 134
Tarifa del impuesto de circulación (IVTM)La misma consulta del Ministerio134 de 134: las 24 tarifas por tipo de vehículo
Serie de población (últimas 6 revisiones del padrón)INE, API de la operación DPOP134 de 134
Recargos por pago fuera de plazoLey General Tributaria, art. 28explicados aquí
Web oficial de cada ayuntamientoLocalizada una a una y comprobada por HTTP30 de 35 respondían correctamente en la última comprobación
Organismo que publica el calendario de cobroDiputaciones y organismos provinciales de recaudación22 de 26 comprobados
Tasa de basurasOrdenanza fiscal municipalOrientativo: no contrastado. No existe una fuente estatal que publique las tasas de residuos
Período de pagoOrdenanza fiscal municipalOrientativo: no contrastado. La fecha exacta la publica el organismo recaudador cada año
BonificacionesTRLRHL, arts. 73 y 74Publicamos el límite legal, no el porcentaje municipal: ese lo fija cada ordenanza

En la ficha de cada municipio repetimos este resumen aplicado a sus datos, para que sepas qué puedes dar por bueno sin comprobarlo y qué no.

Cómo lo verificamos

La verificación no es manual ni ocasional, es un proceso que se ejecuta y deja registro:

Errores que hemos corregido

Publicar el registro de errores es incómodo, pero es la única forma de que la palabra «verificado» signifique algo. Esto es lo que hemos encontrado y arreglado en nuestros propios datos:

ProblemaAlcanceEstado
Tipos de IBI que no coincidían con la fuente oficial133 de 134 municipiosCorregidos con el dato del Ministerio
Cifras de población sin fuente y sin coincidir con el padrón133 de 134Corregidas con el dato del INE
El mismo dato publicado con valores distintos en varias páginas920 contradicciones detectadasEliminadas al unificar la fuente de datos
Enlaces a «sedes electrónicas» que no pertenecían a esos ayuntamientosTodas las fichasSustituidos por webs oficiales comprobadas
Citas de boletines oficiales que no se podían comprobarTodas las fichasRetiradas y sustituidas por fuentes enlazables
URLs antiguas que devolvían error 40425 direccionesRedirigidas a la ficha correspondiente
Municipios archivados en la provincia equivocadaVillarrobledo y LalínMovidos a su provincia real

Qué no hacemos

No prestamos asesoramiento fiscal, jurídico ni financiero, y no estamos habilitados para ello. No emitimos recibos, no tramitamos bonificaciones y no representamos a ningún ayuntamiento. La información de este sitio es informativa y comparativa.

Ante cualquier discrepancia entre lo que leas aquí y lo que diga tu ayuntamiento, manda el ayuntamiento: la ordenanza fiscal publicada en el boletín oficial es la única fuente con valor jurídico. Y para decisiones que impliquen dinero (recurrir, autoliquidar una plusvalía, solicitar una bonificación) consulta con un profesional habilitado o directamente con el organismo que gestiona el tributo.

Política de correcciones

Si detectas un dato incorrecto o desactualizado, escríbenos desde la página de contacto indicando el municipio, el dato y, si lo tienes, el enlace a la ordenanza o a la fuente. Nuestro compromiso:

Cada cuánto se actualiza

Los tipos de gravamen se revisan cuando el Ministerio publica un nuevo ejercicio, normalmente a lo largo del año siguiente al de aprobación de las ordenanzas. Las cifras de población, cuando el INE publica la revisión anual del padrón. La normativa citada se comprueba contra el texto consolidado del BOE, que incorpora las reformas vigentes.

Cada página muestra su fecha de última revisión. Si ves una fecha antigua en un dato que crees que ha cambiado, avísanos y lo miramos.

Normativa que citamos

Última revisión de esta página: 25 de julio de 2026.